- Para el Pleno de la Empresa de Móstoles, «las medidas económicas aplicadas por el Gobierno han dejado a los municipios sin posibilidad de cumplir el papel que deben desarrollar en la mejora de los servicios de bienestar, la creación nuevamente empleo y todos y cada uno de los servicios de cercanía demandados por los ciudadanos».
- El Destino del superávit, la deuda pública municipal y la tasa de reposición de los empleados públicos son las primordiales reivindicaciones que llevan años proponiendo las Administraciones Locales al Gobierno de España.
En exactamente la misma se señala que las Administraciones Locales están cumpliendo extensamente con sus compromisos de estabilidad presupuestaria y los propósitos marcados por el Gobierno.
Según apunta la petición, «el Gobierno lleva años sometiendo a las entidades Locales a un riguroso control presupuestario y económico, a través de la regulación de diferentes aspectos que, prácticamente, han dejado a los municipios sin posibilidad de cumplir el papel que deben desarrollar en la mejora de los servicios de bienestar, la creación nuevamente empleo y todos y cada uno de los servicios de cercanía demandados por los ciudadanos».
El conjunto de las Corporaciones Locales registró en dos mil dieciseis una minoración del gasto del uno con dos por ciento , lo que ha supuesto el cumplimiento de la regla de gasto en el presente ejercicio, puesto que la tasa de alteración que se deja es del uno con ocho por ciento . En Móstoles, los incumplimientos en la liquidación de dos mil ciento seis fueron puntuales, al tener que reconocerse las deudas procedentes de las expropiaciones de hace más de doce años. Si no se hubieran reconocido estas deudas, el Municipio de Móstoles no hubiese infringido la regla de gasto. Es más, su capacidad de financiación hubiese sido de en torno a diecisiete millones de euros.
Por este motivo, el Pleno pide la supresión de los límites que ha impuesto el Gobierno a los fines a fin de que las Entidades Locales, siempre que tengan las cuentas saneadas, puedan destinar el superávit que produzcan en todos y cada ejercicio presupuestario a fomentar programas y servicios que demanda la ciudadanía como políticas sociales, políticas activas de empleo, programas de Igualdad y políticas destinadas a la Juventud, entre otras muchas.
En relación a los objetivos de la deuda pública marcados por el Gobierno, los municipios han alcanzado la meta, puesto que en dos mil dieciseis fue del tres con cero por ciento del Producto Interior Bruto y se ha conseguido al final del ejercicio el dos con nueve por ciento . El porcentaje se prosigue reduciendo para los próximos años, lo que es una medida discriminatoria cara los Gobiernos Locales con relación a el Estado y las Comunidades Autónomas, que suman casi la totalidad de la deuda del país. De ahí que, señala la petición, es preciso que se eliminen las limitaciones a la concertación de operaciones de endeudamiento por la parte de las entidades locales no incursas en los presuntos de la Ley de Estabilidad.
Asimismo, el Pleno de Móstoles apela a que se pongan en marcha mecanismos a fin de que las Administraciones Locales puedan alterar los planes de ajuste que se aprobaron en dos mil doce y dos mil ciento tres, con el propósito de establecer otros criterios de ahorro, incremento de ingresos o bien reducción de gastos a los aprobados en su día, siempre y en todo momento en el marco del equilibrio presupuestario a lo largo del ciclo de tales planes.
Otra de las consecuencias de las medidas tomadas por del Gobierno es la minoración de empleados públicos en los Municipios, que desde enero de dos mil once a julio de dos mil dieciseis ha supuesto una reducción del quince con treinta y nueve por ciento . Una mengua que asimismo ha perjudicado al Municipio de Móstoles, donde existen grandes faltas de personal motivadas por las limitaciones de la tasa de reposición, lo que ha causado graves contrariedades para la prestación de los servicios que obligatoriamente tiene encomendados el Municipio.
Ante esta situación, el Pleno insta al Gobierno a que se modifique la regulación de la tasa de reposición de los efectivos en la Administración Local de forma que alcance en los servicios de interés prioritario el ciento cincuenta por ciento y el resto de los servicios municipales el cien por ciento y quitar las limitaciones para no computar en dichas tasas el rescate de los servicios municipales privatizados.