Cuando queremos dar de baja un vehículo y retirarlo de la circulación, debemos tener en cuenta varias consideraciones para poder realizar este trámite de manera efectiva y correcta.

Lo primero que debemos tener en cuenta es que el vehículo en cuestión ha de ser depositado en un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos, que es la denominación que adquieren los desguaces CATVs. El objetivo final es que dicho vehículo, el cual ha llegado al fin de su vida útil, pueda ser reciclado correctamente y así cumplir con la ley sobre tratamiento de vehículos.

Trámites para la baja definitiva de un vehículo en la Dirección General de Tráfico

Los justificantes que acreditan el correcto tratamiento medioambiental del coche y su baja definitiva en la DGT, son la baja electrónica y el Certificado de destrucción, que nos lo facilitan al llevar el vehículo al Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos.

Todo el proceso se puede solicitar a través de empresas como desguaces.eu que nos facilitan el proceso, encargándose de todas las gestiones necesarias para realizar este trámite correctamente, desde la retirada del vehículo, hasta las baja definitiva en la Jefatura de Tráfico correspondiente.

Como hemos comentado, esta empresa se encarga de la recogida del vehículo, el departamento de grúas enviará una unidad al domicilio del interesado o donde se encuentre ubicado dicho automóvil. Una vez recogido, se depositará en el CATV (Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos).

Una vez depositado el vehículo, comienza el proceso de baja administrativa, se procesará la baja electrónica usando la correspondiente aplicación informática, la cual se encuentra conectada directamente con las bases de datos de los registros de vehículos de la Dirección General de Tráfico, siempre y cuando toda la documentación necesaria para el trámite se haya entregado completa y correctamente. Si se da la circunstancia de que faltase algún tipo de documentación, desguaces.eu contactará con el interesado para mantenerle informado  de tal circunstancia y pueda subsanarlo a la mayor brevedad posible. Una vez realizada y gestionada la baja definitiva del vehículo en cuestión, se emitirá también el Certificado de Destrucción y se facilitarán, tanto el justificante del trámite en Tráfico como el certificado de achatarramiento, al titular de manera que se haya estimado previamente.

Generalmente no será necesario que el dueño del vehículo tenga que desplacerse al CATV (Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos), ni a la Jefatura de Tráfico correspondiente. No obstante, en determinados casos cabe la posibilidad de que sea necesaria la aportación de alguna documentación adicional. Esto puede suceder cuando se desea realizar el trámite de baja definitiva de un vehículo propiedad de una empresa,  cuando el actual propietario haya fallecido. También en los caso en que no exista documentación. En tales casos será necesario aportar otro tipo de documentación complementaria, que se facilitará al cliente interesado, para proceder correctamente con el trámite de baja.

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